a nuestra Caja de Compensación debes contar con usuario y contraseña del Portal de Autogestión de Empresas, haga clic en el botón “Afilia a tus trabajadores dependientes aquí”, e ingresa con tus credenciales de acceso para iniciar tu sesión como empresa.
Además del certificado de existencia y representación se deberá anexar:
Ley de veteranos
Las empresas que contraten personas veteranas de las Fuerzas Armadas entre los 18 y 40 años, no tendrán que realizar los aportes a la Caja de Compensación Familiar, por dichos trabajadores durante los dos primeros años de vinculación. Ley 1979 de 2019, Decreto 1346 de 2020.
El veterano y sus beneficiarios tienen derecho a:
Servicios de recreación, turismo social y capacitación de la Caja de Compensación Familiar durante los tres (3) primeros años de vinculación. A partir del cuarto (4) año goza de todos los servicios, programas y subsidios del Sistema de Subsidio Familiar conforme a las normas vigentes.
El empleador podrá acceder a este beneficio si cumpliendo con los siguientes requisitos:
1.Haber Incrementado el número de trabajadores con relación a los que tenía con corte al 31 de diciembre del año anterior.
2. Haber Incrementado el valor de la nómina con relación a la que tenía con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. El valor de la nómina deberá aumentarse en cuantía superior al incremento del Índice de Precios al Consumidor del año anterior certificado por el Departamento Nacional de Estadística – DANE.
Soportes que debe presentar el empleador:
Al momento de realizar la afiliación de los nuevos trabajadores dependientes por los cuales hará efectiva la exoneración, el empleador deberá:
Realizar manifestación por escrito que cumple con los requisitos para acceder al beneficio, contemplados en los puntos 1 y 2. Dicha manifestación se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento, de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2150 de 1995, modificado por el artículo 7 del Decreto 019 de 2012.
Adjuntar la información contenida en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) del mes de diciembre del año inmediatamente anterior y la del mes en que se quiera hacer la nueva vinculación o el que haga sus veces.
Adjuntar certificación de acreditación como Veterano de la Fuerza Pública conforme a la Ley 1979 de 2019, del trabajador que desea afiliar.
Adjuntar formulario de afiliación del trabajador debidamente diligenciado, con copia del documento de identidad. Este formulario podrá descargarlo dando Clic aquí
https://www.comfandi.com.co/sites/default/files/2021-03/formulario_afiliacion_trabajador_dependiente_y_su_grupo_familiar_7500369_08_06_2020_1.pdf
Nota: Para proceder con la afiliación del veterano, puedes ingresar al siguiente enlace y anexar los documentos antes mencionados, dando clic aquí.
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